Un abogado es absuelto por negligencia porque hizo lo que dijo su cliente

Un abogado es absuelto por negligencia porque hizo lo que dijo su cliente

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha rechazado condenar a un abogado al que sus clientes le acusaron de tomar una decisión errónea que les costó 12.000 euros en intereses perdidos, según sus cálculos. El tribunal niega que el letrado fuese negligente y que los reclamantes estuvieran “mal informados”. Especialmente, porque la estrategia fue revisada en varios correos por uno de los afectados, un jurista experto en la materia.

Como recoge el fallo (disponible aquí), los demandantes eran un matrimonio que tuvo un accidente de tráfico y el marido era especialista en seguros. Para llevar la reclamación de daños contrataron a un abogado. Sin embargo, lejos de dejarle actuar con independencia, el experto se intercambiaba frecuentemente correos con el letrado para revisar cómo llevaba el caso. Según el fallo, ambos perfilaron codo con codo la estrategia que seguirían para reclamar los intereses del accidente.

La audiencia concluye que el marido “no se trata de un cliente mal informado, sino de un experto”, que incluso llega a colaborar “en su propia defensa con el profesional compañero al que le encomienda la dirección del asunto”. Una característica que rompe cualquier posibilidad de tantear una reclamación por negligencia.

La cuestión que originó el conflicto versaba sobre cómo computar los intereses de la indemnización: si aplicando el camino más reconocido por los jueces; o, en cambio, abrir una vía alternativa y solicitar el 20 por ciento de intereses desde la fecha del siniestro, pero yendo en contra de lo que la mayoría de los juzgados aceptaban por el momento.

Los magistrados aceptan que, efectivamente, la estrategia implicaba un riesgo. Sin embargo, para la Sala es imposible ignorar que la demandante estuviese casada con un abogado del mundo de los seguros que, además, estaba implicado en el caso. Un dato que implica que existía información suficiente sobre las posibilidades de perder el pleito por esta vía.

Así, el tribunal estima que no fue la típica relación “abogado-cliente”, sino más bien una relación de colegas de profesión. De hecho, cuando el juez desestima la primera demanda, el cliente no tiene duda de que tienen que recurrir para conseguir la estimación y así se lo encarga al profesional. Es más, llega a asegurar que los tribunales “no tienen motivos de oposición”.

Cosa distinta sería que el cliente no conociera la materia. En este caso, “la decisión de arrastrar ese riesgo, contradiciendo una jurisprudencia clara debería de haber sido objeto de una exposición expresa por parte del profesional”, resalta la Sala. Pero los magistrados tienen claro que “la decisión fue tomada por el cliente, experto y conocedor de la materia. Acertada o desacertadamente”. Por lo tanto, no existe nexo entre la decisión del letrado y “el perjuicio económico”. En consecuencia, no cabe achacarle una actuación que le aleje del estándar profesional.

El tribunal también tumba otro de los argumentos de la demandante, que señalaba la mala actuación al abogado, o en todo caso, a su marido, pero defendía que ella no era experta en Derecho, y, por tanto, nunca pudo conocer los riesgos.

Los magistrados responden que, en una relación matrimonial “en la que no constaba desafección alguna en aquel momento”, es razonable que el letrado “no precisara de forma y manera reiterada pedir autorización individual de cada detalle de una operación global” a ambos cónyuges. Más cuando el resultado “beneficiaría de forma directa o refleja a la economía del matrimonio, con independencia de la naturaleza privativa de las indemnizaciones”, subrayan. Los correos “demuestran que el entonces marido de la demandante estaba convencido de la licitud de su postura”. Su decisión, por tanto, era vinculante.