Trabajo propone un contrato temporal de tres meses de duración máxima

Trabajo propone un contrato temporal de tres meses de duración máxima

El Gobierno la patronal y los sindicatos retomaron este miércoles sus habituales reuniones de los miércoles en la mesa del diálogo social que discute la modernización del mercado de Trabajo, la llamada reforma laboral. Los responsables gubernamentales presentaron durante la cita un nuevo documento de propuestas en el que se recoge, como principal novedad, una nueva redacción del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores para crear un contrato temporal “por circunstancias de la producción y de sustitución de la persona trabajadora”, que podría realizarse en las actividades ocasionales y cuya duración máxima sería de tres meses. Además, se introducen unos topes de su utilización en función del tamaño de la empresa.

La propuesta llega después de las tensiones generadas entre Gobierno y patronal después de que el Ministerio de Seguridad Social firmara a solas con los sindicatos una subida de 0,6 puntos de las cotizaciones sociales como eje central del mecanismo de equidad intergeneracional que debe cubrir el sobrecoste de pensiones que generará la jubilación de la generación del baby boom.

Durante el encuentro de este miércoles, el Ministerio de Trabajo, que lidera una mesa a la que también se sientan el Ministerio de Asuntos Económicos y el de Seguridad Social, planteó que el contrato por circunstancias de la producción y los contratos de sustitución de carácter temporal tengan un máximo de tres meses de duración, utilizando topes de utilización en función del tamaño de las empresas.

En concreto, las empresas con menos de cinco empleados solo podrán disponer de uno de estos contratos, las de hasta 10 empleados, de dos, y las grandes un determinado porcentaje de su plantilla en línea con estas proporciones. Por ejemplo, para plantillas de 10 a 30 serán máximo tres contratos de este tipo; de 101 a 500 empleados serán 15 o, el 7%. El margen será algo mayor en el caso específico de la agricultura. Para evitar que haya puestos estructurales cubiertos encadenando este tipo de contratos, el Ejecutivo prevé obligar a hacer un contrato indefinido si la eventualidad alcanza los cinco meses, según detallan fuentes del diálogo social.

Las empresas que tengan más de 500 trabajadores, las más grandes, podrán contratar treinta o el 4% de la plantilla. Bien es verdad que “cuando se trate de empresas del sector agrario, el número máximo de contratos a realizar en cada tramo se incrementará en un 50%”, dada la actividad de la agricultura. Eso sí, el Gobierno deja claro que se convertirán automáticamente en trabajadores indefinidos, las personas que con ese contrato ocupen ese puesto durante más de cinco meses. O también, los empleados que sustituyan al trabajador que terminase el plazo establecido.

Por lo tanto, las empresas tampoco podrán utilizar este contrato ni “podrán identificarse como circunstancias de la producción la realización de los trabajos en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la actividad habitual u ordinaria de la empresa”.

Con este tipo de contrato ocasional, de hasta tres meses de duración, o de cinco, en casos excepcionales, el Gobierno trata de acercarse a las patronales CEOE y Cepyme. La razón es que las restricciones que ha impuesto el Ejecutivo al contrato temporal es una de las propuestas que más rechazo suscita entre los empresarios. Cabe recordar que el Gobierno “presume que el contrato concertado [entre la empresa y el trabajador] es por tiempo indefinido. Y que sólo podrá celebrarse un contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora. Y, en estos casos, el empresario debe explicar muy bien las causas de la utilización del contrato temporal.

Por otra parte, informan fuentes sindicales, el Gobierno mantiene la redacción referente a los contratos fijos discontinuos, “verdadera apuesta para introducir los trabajos de temporada en la contratación indefinida”, dice UGT, así como la redacción de los artículos 41 y 42, de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y contratas y subcontratas, en las que este sindicato viene reclamando recuperar la redacción previa a 2012. Además, Trabajo estudia introducir especificidades del sector de la construcción en el rediseño del contrato indefinido, dentro de la simplificación de los contratos a solo tres modelos, fijo, temporal y de formación, que pretende.