Si no se depositan las cuentas anuales en el Registro Mercantil, se debe producir el cierre de la hoja, no pudiendo inscribir ningún otro acto en el Registro. Hay una excepción: nombrar liquidadores, revocar poderes, disolver la sociedad o cesar administradores. Una de las obligaciones más básicas de los administradores de empresa, es el de elaborar y depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil en el mes siguiente a su aprobación por junta general. Esta obligación tiene aspectos controvertidos…
Aspectos controvertidos del depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil
