Multa récord de la Inspección de Trabajo por «falsos autónomos”

Multa récord de la Inspección de Trabajo por «falsos autónomos”

La Inspección de Trabajo ha sancionado a Glovo con 63,2 millones (entre sanción y cuotas impagadas) en Barcelona y con 15,7 millones en Valencia, tras constatar la relación laboral que une a la empresa con, al menos, 8.331 empleados en la capital catalana y de 2.283 trabajadores en Valencia, También ha impuesto una sanción de 2.500 euros por obstrucción a la labor inspectora. El monto total de ambas sanciones equivale al 13,4% de la facturación de Glovo en 2021, cuando obtuvo unos ingresos de 591 millones.

La inspección considera que se trata de falsos autónomos "que dependen y son ajenos" a Glovo y que esta empresa debería haberlos incluido en plantilla, como recoge la conocida como ley rider, que entró en vigor en agosto del pasado año. El organismo dependiente del Ministerio de Trabajo ha constatado que en la relación entre Glovo y los repartidores concurren las notas de dependencia y ajenidad propias de la relación laboral.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, confirmó ayer las sanciones y acusó a Glovo de "vulnerar" los derechos laborales de sus trabajadores y de "obstruir" la labor de la Inspección de Trabajo, algo que calificó de "gravísimo" en un Estado social y democrático de Derecho, en el que las empresas "tienen que cumplir la ley". "Estamos ante una auténtica actuación de falsos autónomos y el peso de la ley va a caer sobre esta empresa, como ya ha caído con la Inspección", añadió Díaz, que indicó que se ha procedido a la regularización de estos repartidores.

En las actuaciones realizadas en esta ocasión la Inspección ha llevado a cabo entrevistas con la empresa y con los trabajadores, y ha examinado todo tipo de documentación con trascendencia para la verificación del cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social.

Asimismo, ha acreditado que la empresa no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores sino una empresa que presta servicios de reparto y mensajería fijando las condiciones esenciales de prestación de dicho servicio. La Inspección ha constatado que en la relación entre la empresa y los repartidores concurren las notas de dependencia y ajenidad propias de la relación laboral.

Pese a ser la más abultada, esta sanción no es la primera impuesta a Glovo. Actuaciones de Inspección de Trabajo en Tarragona, Girona y Lleida se saldaron en julio pasado con otra multa de dos millones por 351 falsos autónomos. Y en diciembre pasado se le impuso una de 8,6 millones en Sevilla por 1.316 trabajadores. En lo que va de año, la compañía suma sanciones de 42,2 millones en liquidación de cuotas a la Seguridad Social y otros 84,4 millones por infracciones. Igualmente, sanciones por 14.000 euros por obstrucción a la labor inspectora. Fuentes del sector señalan que otra multa importante podría venirle por Madrid, donde cuenta con unos 5.000 repartidores. En España, tiene actualmente unos 16.000 riders (apenas 2.000 contratados).

Desde Glovo aclararon que las multas que le han impuesto por Barcelona y Valencia no son las primeras tras la ley rider, pues el periodo inspeccionado se refiere al año 2018 hasta el 11 de agosto de 2021 con la entrada en vigor de la citada ley. "La sanción no está relacionada con esta ley; se refieren al modelo [operativo] anterior, no vigente ya en España", aseguraron. La compañía también precisó que el importe notificado incluye no solo las propuestas de cuotas a la Seguridad Social sino también una propuesta de sanción por cada repartidor.

"Conviene resaltar que, durante el periodo de inspección, Glovo pidió ampliar y aportar sus pruebas, reflexiones y valoraciones, así como distinta documentación, algo que fue rechazado a cuando el acta ha sido presentada", señaló. La empresa precisó igualmente que se trata de una resolución unilateral, que implica una propuesta de la inspección, frente a la que la empresa tiene que presentar sus alegaciones, y después de la tramitación de un procedimiento de oficio en el ámbito de la justicia, se analizarán las mismas para en su caso proponer un acta de liquidación y/o de infracción.

Ambas multas pueden recurrirse ante los tribunales, algo que la compañía ya ha dicho que hará, lo que dilatará el pago de las mismas.