Los incentivos fiscales y ayudas para la rehabilitación de vivienda que entran hoy en vigor

Los incentivos fiscales y ayudas para la rehabilitación de vivienda que entran hoy en vigor

El texto incluye una línea de avales del ICO por 1.100 millones de euros para cubrir parte de la financiación de las obras y 450 millones de euros en deducciones fiscales para actuaciones destinadas a la mejora energética de las viviendas. Además, refuerza la capacidad de las comunidades de vecinos para solicitar créditos destinados a este tipo de actuaciones e instaura el principio de eficiencia energética primero, en reconocimiento de la importancia de reducir el consumo tanto de los ciudadanos como de la industria.

El texto incide en el "volumen de inversión sin precedentes" que permite movilizar el plan de recuperación europeo, los fondos Next Generation EU. En España, los fondos europeos se articulan a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que pretende reanimar la economía con la inyección de 70.000 millones de euros. La partida total destinada al Programa de Rehabilitación de Vivienda y Regeneración Urbana es de 6.820 millones de euros, la segunda con mayor dotación de todo el plan, sólo superada por los 13.200 millones de la Estrategia de Movilidad Sostenible, Segura y Conectada.

La entrada en vigor de la ley hace efectivas modificaciones en la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que permite la inclusión de tres deducciones del IRPF, todas ellas de carácter temporal: desde el 6 de octubre, cuando tuvo lugar la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 19/2021, que sentaba las bases de este plan, hasta el 31 de diciembre de este año. En total, suponen deducciones por 450 millones de euros.

La primera deducción es de hasta el 20% de las cantidades pagadas para la puesta en marcha de obras, en el caso de que estén dirigidas a reducir el 7% o más de la demanda de calefacción y refrigeración. Por ello, es posible deducirse hasta un total de 5.000 euros anuales. La segunda deducción es de hasta el 40%, con un máximo de 7.500 euros anuales, por lo invertido en obras que rebajen sustancialmente el consumo de energía primaria no renovable, el 30% o más, o que mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B. En ambos casos, esta rebaja de consumo energético habrá de acreditarse a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda. La deducción se contempla para viviendas habituales o aquellas en expectativa de alquiler, siempre que la vivienda se alquile antes de 31 de diciembre del año que viene.

La tercera y última deducción posible es aplicable a obras en viviendas de edificios predominantemente residenciales y si la reforma supone una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio, acreditada también a través del certificado de eficiencia energética. En este caso, la reducción del consumo de energía primaria no renovable tiene que ser de al menos el 30% o, en su defecto, que mejore la calificación del edificio para llegar a la clase energética A o B. Para estos casos se contemplan deducciones de hasta el 60% de las cantidades invertidas, hasta un máximo de 15.000 euros.

Además, la ley establece que las ayudas no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La ley contempla también la creación de una línea de avales por 1.100 millones de euros para la cobertura parcial de la financiación de obras, también destinadas a la rehabilitación de edificios de vivienda residencial centradas en la mejora de la eficiencia energética.

La línea de avales correrá a cargo del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana mediante convenio con el ICO, con un plazo de hasta 20 años. Es una cobertura parcial, de tipo finalista, para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación a través de préstamos con un plazo de devolución de hasta quince años. A los avales podrán acceder, según especifica la norma, tanto propietarios como comunidades de propietarios.