Los empresarios, preocupados por el despido en el nuevo tipo de Erte

Los empresarios, preocupados por el despido en el nuevo tipo de Erte

Empresarios consultados han mostrado preocupación por la exigencia de mantener del empleo en el nuevo Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE) que se negocia en la mesa de la reforma laboral. Además, consideran que este nuevo mecanismo no está recibiendo la suficiente atención por parte de los negociadores. Fuentes de los agentes sociales adelantan a este diario que este punto será analizado en la próxima reunión del miércoles 10 de noviembre y matizan que quedan muchos aspectos por desarrollar.

El mecanismo, similar a los actuales Ertes, permitirá que las empresas puedan reducir la jornada de los trabajadores que presten servicios en cada uno de sus centros de trabajo con la finalidad de salvaguardar el empleo o mejorar la empleabilidad de los empleados

El último borrador presentado por el Ministerio de Trabajo, del 11 de octubre, modifica el fondo del nuevo modelo de este mecanismo similar al “Erte” respecto a la anterior propuesta del 14 de julio. Entre los cambios se incluyen matices en lo referente a la obligación del mantenimiento del empleo. Así, en el texto del 14 de julio se exigía que cualquier empresa que desee acceder al MSE estará obligada a asumir un “compromiso de mantenimiento del empleo respecto de las personas trabajadoras afectadas por la misma”.

En la nueva propuesta, actualmente bajo debate, el mantenimiento del empleo ya no será para todas las empresas que se acojan al MSE, sino para aquellas que quieran disfrutar de beneficios en materia de cotización. En el caso de que aspiren a reducciones en la cotización, la nueva propuesta exige el cumplimiento de tres obligaciones.

En primer lugar, el mantenimiento del empleo de las personas afectadas por el MSE durante los seis meses siguientes a la finalización del periodo de referencia de aplicación del mecanismo. Matiza, frente al borrador anterior, el plazo de seis meses, antes sin precisar.

La segunda obligación es el desarrollo de acciones formativas de una duración mínima -a definir reglamentariamente- en función del número de personas de plantilla y, en tercer lugar, en ciertos supuestos la obligación de recolocar a un porcentaje mínimo del total de personas afectadas por el MSE, que será del 20% o superior si se determina en la negociación colectiva.

El borrador precisa que las características y requisitos del compromiso de mantenimiento del empleo, de las acciones formativas y de la obligación de recolección, así como las consecuencias que de su incumplimiento se sigan, serán objeto de desarrollo reglamentario. Algo que los negociadores prefieren fijar previamente antes de cerrar la negociación de la reforma laboral.