Gobierno, empresarios, economistas y fiscalistas aguardan expectantes a que las discusiones en el seno de la OCDE den luz en octubre a la letra pequeña del acuerdo tributario global alcanzado en este organismo, así como en el G7 y el G20, para impulsar un gravamen mínimo internacionales sobre las multinacionales y para repartir los impuestos que abonen entre los países en que operan aún sin tener sede física.
A falta de conocer los detalles, el exsubdirector de Impuestos sobre las Personas Jurídicas, Eduardo Sanz Gadea, y el profesor de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Jorge Enrubia, expertos en materia de Sociedades, coinciden en señalar en que la medida podría suponer un incremento de la recaudación tributaria española del entorno de los 1.200 millones. El primero, en todo caso, se muestra más pesimista con las cifras que el segundo.
Así lo han revelado este miércoles en un foro sobre el impuesto de sociedades organizado por el Consejo de Economistas y el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Real) a fin de elaborar un documento de propuestas para el comité de expertos al que Hacienda ha encargado diseñar la reforma tributaria en ciernes.
“En primer lugar, habrá de suprimirse el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y habrá que ver, en el aspecto recaudatorio, como quedará el saldo resultante de minorar los beneficios cedidos por nuestras empresas afectadas por el desarrollo del Pilar I –las digitales– e incrementar los derechos de imposición de estas multinacionales extranjeras, a la vez que se adiciona la resultante de aplicar el tipo mínimo respecto al tipo efectivo de algunas entidades o grupos”, ha expuesto Sanz Gadea.
Como resultado, ha agregado, ese Pilar 1 de la reforma (que rige el reparto de impuestos entre países) y el Pilar 2 (que fijaría un tipo mínimo de Sociedades común del 15%) arrojarían unos ingresos adicionales para España de unos 1.200 millones. Sin embargo, ha matizado Sanz Gadea, el pacto global obliga a los países a renunciar a sus impuestos digitales patrios, lo que en el caso español supondrá la eliminación de la Tasa Google. Una pérdida de ingresos que dejaría el saldo neto de ingresos en unos 700 u 800 millones.
Enrubia, por su parte, estima que el Pilar 1 arrojará entre 1.000 y 1.200 millones de euros, a los que habría que sumar el efecto del tipo mínimo internacional. “Dudo que nos toque mucho, en ningún caso se superarán los 3.000 millones de recaudación”, a los que habría que restar los ingresos de los “tres o cuatro grandes grupos” españoles de cuya tributación habrá que repartir una parte a terceros países y la pérdida de ingresos de la tasa Google. Enrubia, sin embargo, considera que esta corrección será menor, pues considera que la expectativa de recaudación de este mecanismo estaba sobrevalorada.
Ambos expertos piden prudencia, en todo caso, hasta conocer la concreción de la norma y las consecuencias concretas de su implementación en España. A los dos, eso sí, les tranquiliza que sea la UE quien vaya a regular la implementación en los diferentes estados miembros, y coinciden en apostar por que la adaptación se haga a través del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, en lugar de hacerlo propiamente sobre Sociedades.
“Es difícil preverlo hasta que se hagan públicos los trabajos que se concretarán en el mes de octubre en el seno de la OCDE, siendo crucial la especificación de los parámetros que afectan a las definiciones de la base de cálculo del beneficio al que será de aplicación el tipo mínimo”, ha dicho Enrubia. A su vez, Sanz Gadea ha señalado que “los cambios en España vendrán de la mano de los que concrete la UE, cuyos proyectos son ambiciosos, sobre todo teniendo en cuenta que carece de competencias en imposición directa y, desde luego, dependen del éxito del proyecto en la OCDE en cuanto a tipo mínimo y tributación de las empresas digitales en los países donde tienen sus clientes”.
En cuanto al diseño actual del impuesto, los economistas han subrayado que el nivel de ingresos que arrojaba antes de la pandemia, del entorno al 2,3% del PIB, está en línea con el 2,9% de la Unión Europea. A partir de ahí, eso sí, identifican algunos defectos a corregir. “El mayor defecto que presenta nuestro impuesto desde hace tiempo es que no es equitativo, porque regula unos beneficios fiscales selectivos –I+D+i, empresas cinematográficas, arrendamiento de viviendas, navieras, adquisiciones en régimen de arrendamiento financiero, etc.–, a la vez que penaliza a empresas endeudadas o con resultados cíclicos”, ha apuntado Sanz Gadea.