Las 80.000 personas ligadas al sector asegurador –3.200 corredores y 77.000 agentes, según el Ministerio de Economía– deberán cumplir con unos niveles de “honorabilidad” máximos. El borrador de la ley que adapta la directiva europea sobre seguros especifica que los empleados que participen directamente en actividades de distribución de seguros deben cumplir con el requisito de honorabilidad comercial y profesional. El 11 de mayo el Gobierno aprobó el proyecto de ley e inició la tramitación parlamentaria para adaptar la directiva al derecho nacional.
La mencionada “honorabilidad” implica que las personas que trabajen en el sector no tengan antecedentes por delitos graves. Es decir, quedan invalidados los empleados con infracciones penales relativas a actividades financieras, sancionadas en el ámbito administrativo en materias aseguradora, bancaria, de mercado de valores, de Hacienda, de Seguridad Social, de competencia desleal o de abuso de mercado.
También quedarán excluidos los sancionados por movimiento de capitales, transacciones económicas con el exterior, blanqueo de capitales y protección de consumidores y usuarios por la comisión de infracciones tipificadas como muy graves o graves.
“[A los trabajadores] se les exige la no comisión de delitos graves –ya sea contra la propiedad o relativos al ejercicio de actividades financieras–, buena reputación y no haber sido declarados en concurso con anterioridad (salvo rehabilitación conforme a la ley nacional)”, resume en un documento el bufete Gómez-Acebo & Pombo.
El todavía supervisor del sector hasta que se apruebe la ley de reguladores que ultima Economía, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), colaborará con las autoridades supervisoras de la UE e intercambiará con ellas la información precisa. “En particular, en el proceso de registro, y de manera periódica, la DGSFP compartirá la información relativa a la honorabilidad y aptitud de los distribuidores de seguros y reaseguros”, señala el borrador de la ley.