Las reformas de pensiones tendrán lugar durante el tramo final de 2021 y en todo 2022

Las reformas de pensiones tendrán lugar durante el tramo final de 2021 y en todo 2022

El Ministerio de Seguridad Social que encabeza José Luis Escrivá va a acometer una reforma de las pensiones entre 2021 y 2022. Una batería de medidas que se pretenden tomar con el consenso de los agentes sociales y el aval de las recomendaciones del Pacto de Toledo que va a afectar a diferentes aspectos del sistema de jubilación español.

Una de las medidas con más repercusión ha sido la penalización a las jubilaciones anticipadas. Con el fin de acompasar la edad real y la edad efectiva de jubilación, se van a ampliar los coeficientes reductores de la pensión en cada una de las modalidades: voluntaria, involuntaria, para mutualistas, personas con discapacidad o en razón del grupo profesional. Los coeficientes pasarán de ser trimestrales a ser mensuales y afectarán a la cuantía de la pensión en lugar de aplicarse sobre la base reguladora como se hacía antes. Los coeficientes pensados para cada tramo (en función de los años cotizados) y tipo de jubilación anticipada pueden consultarse en este enlace.

Jubilación demorada: Otro de los objetivos que se ha planteado Escrivá es alargar la vida laboral de los trabajadores, razón por la cual ha propuesto incentivos a la jubilación que se demore más allá de la edad legal (actualmente en 66 años o 65 si se han trabajado 37 años y tres meses). Se trata de una medida que se pretende aprobar a finales de 2021 para su aplicación en 2022 y que se podría materializar de dos formas distintas que se pueden combinar si el trabajador así lo desea: -Un aumento del 4% de la pensión por cada año trabajado de más, a aplicar sobre la base reguladora y a añadir sobre los años ya trabajados anteriormente. -Un pago único por año demorado que depende de la cuantía de la pensión y de la duración de la vida laboral del ciudadano. Puede ir de los 4.786,27 a los 12.060,12 euros.

Además, Escrivá ha propuesto revisar el procedimiento de solicitud de jubilación anticipada por razones de peligrosidad o penosidad, reflejándolos de forma más clara y haciendo que las organizaciones sindicales y empresariales más representativa sean las que formulen en su fase inicial estas solicitudes.

Jubilación forzosa: La intención del Gobierno es prohibir las cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores menores de 68 años, aunque esto se podrá mantener en los convenios que todavía tengan vigencia.

Jubilación activa: El departamento de Escrivá quiere para poder optar a una jubilación activa (compatibilizar el trabajo por cuenta propia o ajena con una pensión) se deba superar al menos un año la edad ordinaria de jubilación.

Revalorización de las pensiones: Además, se establece un nuevo mecanismo de revalorización de las pensiones, que se actualizarán cada año con la media del IPC (Índice de Precios al Consumo) del ejercicio anterior y la evaluación de este sistema cada cinco años. Si el IPC es negativo, la actualización no se hará en negativo. En paralelo, los jubilados podrán ganar poder adquisitivo, a pesar de la primera opción del Gobierno y después de la presión de los sindicatos, eliminándose la opción de compensar en ejercicios posteriores las subidas por el IPC que tuviesen dicho efecto.