La UE se aleja del modelo español de IVA y avala suprimir tipos reducidos

La UE se aleja del modelo español de IVA y avala suprimir tipos reducidos

Las recomendaciones de la Unión Europea en materia de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se alejan del modelo español de tipos reducidos y exenciones. El Parlamento Europeo aconseja, en su último informe, reducir la presencia de estas tasas para poder revisar el tipo general a la baja. Según los expertos de la Eurocámara, suprimir los tipos reducidos de IVA podría rebajar el tipo general medio europeo en 7 puntos, hasta situarlo en el entorno del 15%. En el caso de España, el segundo país europeo con un IVA más ineficiente por detrás de Chipre, los especialistas creen que recaudaría lo mismo con un tipo único del 10%, 11 puntos por debajo del actual.

El Servicio de Estudios del Parlamento Europeo ha remitido a la cámara su informe Brecha del IVA, reducción tipos de IVA y su impacto en los costes de cumplimiento para las empresas y en los consumidores. El documento concluye que sólo el 60% del consumo total de los hogares está sujeto a los tipos generales del IVA y que sus costes de cumplimiento son “considerables”, un 2,5% de los ingresos de las empresas. De esta forma, invita a los países a revisar sus tipos reducidos y exenciones y apuesta por un modelo con menos figuras de este tipo que permita reducir el tipo general.

Los países europeos han eliminado en los últimos años multitud de tasas y exenciones especiales de IVA. Aunque la brecha en los tipos del IVA sigue siendo relativamente alta en el conjunto de la Unión Europea, se ha reducido del 20% en 2009 al 10% en 2019. Sin embargo, España cuenta con un sistema que apenas grava un 47% de la base imponible del IVA al tipo general. El resto son tipos reducidos o exenciones. Además, es el segundo país que más productos tiene sujetos a estas tasas por detrás de Italia.

La cantidad que los países recaudan del IVA depende tanto de las tasas impositivas como de la base impositiva. De media, en 2019 los países de la UE aplicaron el tipo general de IVA al 71% de la base impositiva total, frente al 47% en España. Bulgaria es el país que más aplica su tasa general. Lo hace en el 97% de la base imponible.

Desde la entrada en vigor de este impuesto en 1986, existe un catálogo de servicios considerados exentos que pueden ser agrupados en siete categorías. Entre ellas, servicios postales, servicios médicos, hospitalarios y de asistencia social, servicios de educación y formación profesional, servicios prestados por entidades sin fines de lucro y federaciones deportivas, loterías y apuestas del Estado, servicios financieros y seguros y alquiler de vivienda habitual. Este mismo año se ha añadido la factura de la luz a esta lista Por diferentes motivos socioeconómicos, dicho conjunto de servicios está exento en el IVA, a diferencia de la gran mayoría de servicios que son gravados con el tipo general del impuesto.

Desde la reforma de 2012, el citado tipo general es del 21%, en tanto que los reducidos son del 4% y del 10%. Los tipos reducidos son, por tanto, dos excepciones contempladas en la norma respecto al tipo general del 21%. La tasa de IVA promedio en los países de la Unión Europea es del 22%. Además, del tipo de IVA estándar -que no puede ser inferior al 15 por ciento-, el marco común de la UE permite a los Estados miembros aplicar uno o dos tipos reducidos no inferiores al 5% a varios bienes y servicios y un tipo superreducido por debajo del 5%. Solo Irlanda, Francia, España, Italia y Luxemburgo aplican tipos por debajo del 5%.