La Seguridad Social propone una reducción entre el 21% y el 2,8% en las jubilaciones anticipadas voluntarias

La Seguridad Social propone una reducción entre el 21% y el 2,8% en las jubilaciones anticipadas voluntarias

El objetivo declarado de la reforma de pensiones que negocia la Seguridad Social con los agentes sociales es lograr que los trabajadores permanezcan durante más tiempo en el mercado laboral. Para lograrlo, el departamento que dirige José Luis Escrivá ha planteado una combinación de incentivos y desincentivos que impulsen este objetivo. Uno de ellos pasa por endurecer las penalizaciones de quienes se jubilen anticipadamente de forma voluntaria antes de su edad legal en los primeros dos meses en que pueden hacerlo: en este caso, la rebaja sobre la pensión puede llegar hasta el 21% frente al 16% actual. En los siguientes, el castigo es incluso menor que el actual y llega al 2,81% para quienes han cotizado más de 44,5 años y adelanten poco su retiro sobre el límite legal. Las modificaciones sobre quien se retire en la llamada modalidad forzosa, en cambio, favorecen a los afectados.

La jubilación anticipada en España tiene, principalmente, dos modalidades: la voluntaria y la forzosa. A la primera se puede acceder dos años antes de la edad legal de jubilación (entre 65 años y 66 años en 2021) si se ha cotizado durante 35 años y el trabajador está dado de alta en la Seguridad Social. Para tener derecho a la segunda, que permite jubilarse cuatro años antes de la edad legal, el afectado tiene que haber cotizado 33 años y haber sido despedido en un ERE, de forma objetiva (es decir, por una causa justificada) o en la quiebra de la empresa. En ambos casos, cuando alguien recurre al retiro anticipado la pensión se reduce sobre la que teóricamente le habría correspondido de haber permanecido en el mercado laboral hasta cumplir los años que marca la ley.

A la hora de elevar la edad real de jubilación en España para acercarla a la legal, la Seguridad Social ha puesto el foco sobre la primera de las modalidades. Y ha propuesto cambios que buscan hacerla menos atractiva por la vía de un aumento significativo en las penalizaciones que se aplican. Para quienes hayan cotizado menos de 38 años y medio, si se jubilan dos años antes de su edad legal verán como su pensión se recorta en un 21%. Este porcentaje irá menguando mes a mes, ahora lo hace trimestre a trimestre. El diseño de estos coeficientes reductores hace que, en realidad, solo quienes se jubilen 24 o 23 meses antes del límite legal salgan perdiendo sobre la regulación actual, que aplica una reducción del 16% si la jubilación se produce ocho trimestres antes, a partir de ahí el castigo es menor. Por ejemplo, quien deje el mercado laboral 22 meses antes de su edad legal de jubilación verá que su pensión mengua en un 14,67% y no en el 16%.

El esquema se repite entre quienes han cotizado durante más tiempo, aunque con menores penalizaciones. A saber: a quienes han cotizado entre 38,5 años y 41,5 años se les aplicaría un coeficiente reductor del 19% en el mes 24 y del 16,5% en el 23, frente al 15% actual en el trimestre correspondiente. El mensaje es claro: se trata de lograr que la gente demore su retiro al menos dos meses.

Todo este esquema de desincentivos tiene una excepción importante: los trabajadores que tienen derecho a una pensión máxima porque han cotizado por encima de la base máxima de cotización. A ellos, el sistema actual les aplica una reducción que puede quedarse en el 4% y no en el 16%. Esto convierte al sistema, según el argumento de Escrivá, en regresivo y, además, convierte esta modalidad de jubilación en más atractiva para quienes tienen sueldos más altos. En su última intervención ante el Pacto de Toledo en el Congreso, el ministro expuso que el 33% de quienes se retiran de forma anticipada voluntariamente cobran una pensión superior a 2.100 euros. Para corregirlo, Escrivá propone aplicar los mismos coeficientes para todos corrigiendo la “inequidad actual” y, además, en la mayoría de casos tendría penalizaciones menores.

A pesar de esto, la propuesta no convence a varios de los agentes sociales, especialmente a CC OO, que contraargumenta que esa mayor pensión se debe a que han cotizado más. Para vencer las reticencias, la oferta de la Seguridad Social es establecer un periodo transitorio de 12 años. La propuesta inicial era de 10 años. Este asunto no es menor, puesto que estas regulaciones están muy presentes en las negociaciones de grandes despidos colectivos, como los que ha anunciado la banca en el último mes.

El cambio en las penalizaciones pasando de un cálculo mensual a uno trimestral también se aplicaría en la otra modalidad de jubilación anticipada, la forzosa. En esta, el trabajador puede retirarse hasta cuatro años antes de su edad legal de jubilación y debe haber sido despedido en un ERE, de forma objetiva o por la quiebra de la empresa. No obstante, con esta modificación la reducción no aumenta, al contrario, al aplicarse por meses y no por trimestre beneficia al futuro jubilado en uno de cada tres meses.

Estas medidas se completan con la propuesta de restringir mucho la posibilidad de que los convenios incluyan cláusulas de jubilación forzosa, las que permiten a las empresas despedir a los trabajadores que cumplen la edad legal de jubilación si tienen derecho al 100% de la pensión que les corresponde por su carrera de cotización siempre y cuando se haya pactado en la negociación colectiva. El obstáculo que añadiría la Seguridad Social es que para permitirlas solo podrían afectar a los empleados de 68 años o más.