La Seguridad Social endurecerá más los contratos de cinco días

La Seguridad Social endurecerá más los contratos de cinco días

Las medidas actuales para desincentivar a las empresas a contratar por cortos periodos de tiempo, en general cinco días, no han dado resultados. Cada año esta modalidad de muy corta duración gana peso en el conjunto de contratos y explica en parte que en 2019 (el año pasado fue atípico por el Covid) se superaran los 22,5 millones de contratos. Pues de ellos, 6,14 millones tenían una duración inferior o igual a 7 días, un 27,2% del total.

Distintos miembros del Gobierno ya han anunciado la voluntad de adoptar medidas para reducir el uso de estos contratos que son síntoma de precariedad, según han apuntado desde el Ministerio de Trabajo y el de Seguridad Social. En esta línea, el departamento de José Luis Escrivá está trabajando en un doble análisis: por un lado, el por qué ha fracasado como medida disuasoria el incremento del 40% en las cuotas a las Seguridad Social con el que se recarga actualmente los contratos de menos de cinco días.

Por otro, estudian varias alternativas para disuadir del uso de estos contratos de muy corta duración a aquellos empresarios que los usan con frecuencia. Desde CCOO plantean que según sus cálculos, incrementar la cotización un 40% sigue saliendo rentable en la práctica, según se induce de las estadísticas del Ministerio de Trabajo. Así, es más barato contratar a un trabajador el lunes y despedirle el viernes con contratos de cinco días y pagar el recargo del 40%, que contratarle por periodos superiores. Estas fuentes resaltan que para que no sea rentable esta práctica habría que elevar el recargo sobre la cotización de la Seguridad Social entre un 55% y un 60%.

Sin embargo, no es la única opción que está barajando la Seguridad Social, ni probablemente la primera. El ministro Escrivá ya adelantó que entre las alternativas se estudiaba la posibilidad de que las empresas abonen una tasa, como la que se cobran por hacerse el DNI, cada vez que diese de baja a un trabajador con estos contratos. Una medida que se podría circunscribir a las empresas que utilicen la corta duración de forma masiva para sus plantillas. Aunque no es la única alternativa en la está trabajando la Seguridad Social.

El recargo sobre las cuotas a la Seguridad Social es una medida que viene de largo, pues se aprobó en 2001 en la ley de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad. Ahora se regula mediante el artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social. En 2018 el primer Gobierno socialista de Pedro Sánchez endureció los criterios, elevando del 36% al 40% el recargo. Además, se incluyó también el incremento para los contratos de interinidad, aunque se rebajaron los contratos de 7 a los de 5 días. En realidad, según comentan en CCOO, la generalidad son contratos de lunes a viernes y no de lunes a lunes, para ahorrarse el coste del fin de semana.

Pero los datos son contundentes y demuestran que ni la subida del recargo ha desincentivado el uso de los contratos de muy corta duración. En 2018 continuaron creciendo hasta suponer el 26,7% del total de los registrados ese año y en 2019 se incrementó medio punto más, hasta el 27,2%.

No son los únicos. Según los datos del pasado 2020, los contratos de menos de siete días redujeron su peso por efecto del covid al 21,2% del total, pero los de duración entre siete días y un mes coparon el 13,5% y los de un mes a 6 meses sumaron otro 15,5%. E indefinidos solo supusieron el 9,7%. Una práctica que se nota los viernes de cada mes, cuando aumentan las bajas y los lunes, con alzas positivas.