La revisión catastral llegará a hasta 180.000 inmuebles en 2023

La revisión catastral llegará a hasta 180.000 inmuebles en 2023

La revisión del valor catastral durante el año 2023 de hasta 825.000 inmuebles que recogía el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) se desinfla y llegará a un máximo de unas 180.000 viviendas, un 22% del techo fijado por el Ministerio de Hacienda en el mejor de los casos. A menos de dos meses de que eche a rodar el nuevo ejercicio, la Dirección General del Catastro ya tiene cerrados los trámites de procedimientos de valoración colectiva, tanto totales como parciales, que se producirán en 2023. Afectan a únicamente 17 municipios de todas las autonomías de régimen común, entre los que se encuentra solo una capital de provincia: Logroño (La Rioja).

El resto de localidades con revisiones previstas son Zurgena (Almería), Sant Lluis (Baleares), Alcollarín, Escurial y Villamesías (Cáceres), Alcampell, La Fueva y San Miguel del Cinca (Huesca), La Robla (León), Buenavista de Valdavia (Palencia), Cabezón de la Sal y Ribamontán al Mar (Cantabria), Andorra (Teruel), Carcaixent (Valencia), San Pelayo (Valladolid) y Puebla de Alfinden (Zaragoza). Aunque todos ellos suman un total de 180.764 bienes inmuebles según el Catastro, la revisión será mucho menor.

El catastral es un valor administrativo que corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de su titular. A efectos fiscales, constituye la base imponible en impuestos como el IBI, la principal fuente de financiación de los consistorios, y tiene efectos en otros tributos como el IRPF cuando los inmuebles imputan como renta.

Por eso, antes de que finalice el año, los organismos implicados tendrán que notificar a los potenciales propietarios la apertura de estas ponencias. En caso contrario, añade García Ramírez, los ayuntamientos no podrían contar con la previsión de ingresos por IBI, por ejemplo. "El Catastro determina la base imponible y los ayuntamientos determinan la base liquidable para el IBI. Por eso, todo lo que no esté comunicado antes del 31 de diciembre no tiene efecto en previsión presupuestaria".

Los avisos a los titulares catastrales tienen que hacerse mediante notificación electrónica, por comparecencia presencial o por notificación personal y directa por medios no electrónicos. A partir de ahí, se dispone de un plazo de un mes para interponer recurso de reposición o reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, si bien la experta recuerda que estas revisiones no tienen por qué ser siempre al alza.

Por otra parte, el PSOE a través de una enmienda a sus Presupuestos trata de retrasar el plazo que los ayuntamientos tienen para fijar las tarifas de IBI, permitiéndoles demorar el anuncio de su subida hasta que pasen las elecciones locales del próximo mayo. Así lo plantea el grupo socialista en una enmienda que propone añadir al articulado del Presupuesto una "disposición transitoria segunda bis" de modificación del "plazo de aprobación del tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles [IBI] y las ponencias de valores totales". La medida, "con vigencia exclusiva para el ejercicio 2023", supondría alterar temporalmente el plazo límite para aprobar los nuevos tipos de gravamen de IBI que fija la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En concreto, la norma establece que "los Ayuntamientos que acuerden nuevos tipos de gravamen" de IBI "deberán aprobar dichos tipos provisionalmente con anterioridad al inicio de las notificaciones individualizadas de los nuevos valores y, en todo caso, antes del 1 de julio del año inmediatamente anterior a aquel en que deban surtir efecto". Es decir que, en condiciones normales, los gobiernos municipales deberían avisar a sus vecinos de las tarifas de IBI aplicables a partir del 1 de enero de 2024 antes de que concluya el primer semestre de 2023.

La enmienda socialista plantea, sin embargo, que la fecha límite se retrase excepcionalmente el próximo año hasta el 31 de julio. Un movimiento que daría margen temporal suficiente a los alcaldes para anunciar posibles subidas de IBI ya una vez celebradas las elecciones autonómicas y municipales previstas para el próximo domingo 28 de mayo.

El PSOE, de hecho, justifica la propuesta argumentando que los comicios trastocan los plazos tradicionales y conviene dar margen para que sean los nuevos gobiernos municipales electos quienes anuncien las posibles subidas o bajadas del principal impuesto municipal.

El hecho, argumenta el PSOE en la justificación de la enmienda, de que la legislación imponga que "la celebración de las elecciones municipales se produzca siempre el cuarto domingo del mes de mayo del año correspondiente, plantea dificultades para el cumplimiento de los plazos" recogidos en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. De tal forma, agrega "es prácticamente imposible que antes del 1 de julio las nuevas corporaciones no solamente se hayan constituido, sino que además hayan emitido el informe de la ponencia de valores del municipio y aprobado los nuevos tipos de gravamen".

"La ampliación de plazos que la disposición transitoria prevé es imprescindible para que la nueva corporación pueda planificar adecuadamente su política tributaria y realizar una asignación correcta de recursos, puesto que los ingresos fiscales derivados del Impuesto sobre Bienes Inmuebles son determinantes del volumen de ingresos totales de que va a disponer el municipio durante el ejercicio", subraya la enmienda socialista.

Conviene recordar que el IBI es la principal fuente de ingresos tributarios de los ayuntamientos, aportando cerca del 46,6% de toda su recaudación, a razón de unos 315 euros por habitante de media en las principales capitales de provincia, según los cálculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). El tributo forma parte del ariete fiscal con el que el PP está atacando la política fiscal del Gobierno, y ha llevado al alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, a anunciar su rebaja hasta el mínimo legal del 0,4% de cara a 2023.