Es aquella que obliga a retirarse a los trabajadores en el momento en que alcanzan la edad legal de jubilación. Desde el 1 de enero de 2022, cuando se prevé que entre en vigor la ley, que aún debe tramitar el Parlamento, se prohibirá su inclusión en nuevos convenios. El pacto, sin embargo, permitirá seguir aplicándola durante años en compañías con convenios firmados antes de esa fecha que la incluyan. Concretamente, hasta pasados tres ejercicios del fin de la vigencia del acuerdo laboral.
La ley en ciernes, que llegará al Congreso en septiembre, incluye además una excepción permanente en la que sí permitirá la jubilación forzosa: podrá aplicarse en actividades económicas en las que las mujeres representen menos de un 20% de las plantillas. Se busca así favorecer un relevo que facilite la entrada de mujeres en sectores y puestos hoy ocupados por hombres.
Con la prohibición de la jubilación forzosa, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, busca facilitar que los trabajadores de más edad se mantengan en el mercado laboral, para así favorecer la alineación de la edad legal de jubilación (66 años) con la real (64 años y medio). El objetivo de la reforma es llegar a mitad de siglo con una edad real de jubilación dos años por encima de la actual.
La cláusula de jubilación forzosa había sido derogada por el Gobierno de Mariano Rajoy durante la pasada crisis económica, si bien el primer Ejecutivo de Pedro Sánchez la reinstauró en el último Consejo de Ministros de 2018.
Hasta ahora, el mecanismo de retiro forzoso ha servido a las empresas para deshacerse de empleados con salarios altos sin necesidad de asumir el coste del despido, cuando estos alcanzaban la edad legal de jubilación. Esta, eso sí, ha ido aumentando progresivamente en los últimos años y terminará estableciéndose en 67 años en 2027. Por su parte, los sindicatos tampoco se habían mostrado en contra de esta herramienta ya que les parecía una manera de renovar las plantillas.
Actualmente, en España, según datos del Gobierno, hay un millón de trabajadores que se encuentran sujetos a marcos laborales en los que se contempla el retiro obligatorio. Hasta ahora, para que este pudiese ser aplicado por una compañía, la única condición, aparte de que el trabajador en cuestión alcanzase la edad legal de retiro, es que tuviese derecho al cobro del 100% de su pensión. Ahora, queda prohibido el retiro forzoso para todos aquellos empleados con menos de 68 años.
Según cifras oficiales del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en 2020 se firmaron 53 convenios de empresa y 22 sectoriales que contenían esta cláusula, un 14,3% del total de marcos laborales firmados. En 2019, por su parte, el primer año en que el Gobierno volvió a permitir esta herramienta, se firmaron 129 convenios de empresa y 53 sectoriales que contemplaban la jubilación forzosa, suponiendo el 11,4% de los convenios firmados ese año. Todos estos acuerdos laborales afectaron a un millón y medio de trabajadores.
Desde sindicatos señalan que esta cláusula es bastante común en el sector de la banca, el cual la incluye en su convenio sectorial que se ha firmado este mismo año y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023. Es decir, con la nueva ley, los bancos podrán seguir usando la jubilación forzosa hasta 2027. Este mecanismo también está presente en el sector de la construcción y en los convenios de grandes empresas como Telefónica, Iberdrola o Endesa. Este último finaliza su vigencia también el último día de 2023.