Unidas Podemos lanzó una jugada a la desesperada. Con la negociación de la Ley de vivienda encallada en el Gobierno, y viendo que por mucho que presionen por introducir un control de alquileres, los socialistas no darán su brazo a torcer, Podemos se ha echado todas sus propuestas al hombro y las presenta hoy en el Congreso en una Proposición de Ley, al margen del Gobierno.
La formación morada registró en la Cámara su Proposición de Ley de Garantía del Derecho a la Vivienda junto a otros ocho partidos (ERC, CUP, Más País, Compromís, PDeCAT, BNG, Bildu y NC). El texto de más de 100 páginas incluye una batería de medidas que tocan desde un control de alquileres con multas de hasta 900.000 euros para los propietarios que lo incumplan, hasta recargos del 300% en el IBI para viviendas vacías, pasando por la prohibición de los desahucios a hogares vulnerables, la cesión obligatoria de pisos vacíos o incluso la expropiación.
Lo llamativo es que un partido del Gobierno decida presentar, a espaldas de sus socios, una proposición de una ley que precisamente está negociando en el Ejecutivo. Sobre todo, cuando de entrada sabe que la proposición que registra no saldrá adelante por falta de apoyos. La propuesta regula de manera detallada el mercado del alquiler y el régimen sancionador por infracciones muy graves, graves y leves en materia de contención de rentas, con multas de entre 3.000 euros y 900.000 euros.
El texto plantea que las comunidades autónomas, una vez que habiliten sus índices oficiales de referencia de precios de alquiler, podrán declarar zonas de mercado residencial tensionado (si la carga media del alquiler supera el 30% de los ingresos medios del área urbana o si el precio de los alquileres ha subido en los últimos cinco años al menos tres puntos porcentuales por encima de la tasa del IPC de la región) con una duración máxima de cinco años, y determinar en ellas una renta máxima.
Con esta base, en los contratos de alquiler la renta pactada entre las partes no podrá superar el índice oficial de referencia correspondiente ni el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años o la media de los contratos de ese periodo. Solo hay una excepción por la que el arrendador podría incrementar el precio hasta el límite máximo del 10%: realizar obras para la mejora de la vivienda.
El cobro de rentas que sobrepasen los límites establecidos dará derecho al arrendatario a exigir la restitución de las cantidades percibidas en exceso y en las ofertas de alquiler de vivienda de esas áreas siempre deberá constar información sobre el precio de referencia. Los casos en los que no se facilite esa información, tanto en las ofertas de alquiler como en los contratos, o se aplique una renta que supere en más de un 10% los límites establecidos serán considerados “infracción muy grave”, sancionable con multas de 90.001 a 900.000 euros. Si el importe del alquiler supera en más de un 8% los límites, la infracción será “grave” y sancionable con multas de 9.001 a 90.000 euros y si la renta excede el límite en más de un 4% la infracción sería “leve”, con multa de 3.000 a 9.000 euros.
La regulación de alquileres es la medida estrella de una proposición de ley que también incluye otras para evitar los desahucios, garantizar los suministros de gas, luz y agua (con una tarifa social financiada por las empresas), penalizar las viviendas vacías (con recargos del 75% al 300% en el IBI y cesión obligatoria para grandes tenedores) o establecer que los honorarios a agentes inmobiliarios o intermediarios en caso de compraventa o en alquiler de inmuebles los deben satisfacer el vendedor o arrendador respectivamente.