La inflación amenaza con disparar las multas de Hacienda en las aduanas

La inflación amenaza con disparar las multas de Hacienda en las aduanas

La escalada de la inflación a doble dígito, a una velocidad inédita desde 1985, ha convertido los precios en un termómetro volátil sobre el que el Ministerio de Hacienda mantiene puesta la lupa. Su fiscalización se ha acentuado en las últimas semanas en el ámbito de las aduanas, en las que la Agencia Tributaria ha advertido de que sancionará a las empresas que no pidan formalmente una autorización expresa para poder modificar el valor de las mercancías de importación que introduzcan en el país mediante la presentación de una declaración simplificada. Una advertencia que, en el marco de la fuerte oscilación de los precios imperante, hace temer a bufetes como Baker McKenzie que se acabe traduciendo en una oleada de multas.

El procedimiento exigible a aquellas compañías que importan mercancías a España procedentes de territorios ajenos a la Unión Europea es el de presentar esta carga en los controles preceptivos a través de una declaración aduanera (DUA), mediante la cual saldan los derechos arancelarios y el IVA que correspondan a la operación en función del valor que los materiales tengan en ese momento en la aduana. Es habitual, sin embargo, que dicha valoración no sea definitiva, dado que la tasación de la mercancía puede oscilar con fuerza por distintos motivos. Los más habituales son ajustes en los precios de transferencia que se realizan después de la importación, puesto que las operaciones intragrupo deben quedar sujetas a una valoración de mercado. Otro factor que altera habitualmente el valor inicialmente declarado es el pago de cánones, ya que su vinculación a parámetros fijados al cierre del ejercicio o de determinados ciclos empresariales impide determinar su cuantía exacta en el momento de atravesar la aduana.

Dada la provisionalidad de los precios en el momento de la importación, la normativa aduanera prevé para estos casos acogerse al uso de las llamadas "declaraciones simplificadas", que básicamente permiten a las compañías declarantes no incluir todos los datos exigibles y presentar posteriormente en plazo una declaración complementaria que permita la fijación definitiva de precios y obligaciones tributarias.

La novedad ahora es que, ante las fortísimas y recurrentes variaciones de precios que está provocando la crisis inflacionista, la Agencia Tributaria ha emitido un comunicado informando a todos los operadores de mercado de que, cuando los ajustes de precio se conviertan en habituales, emitir ese tipo de declaraciones simplificadas exige obtener previamente una autorización administrativa expresa. Y, en este punto, advierte de que habrá consecuencias para aquellas compañías que no respeten su mandato. "Debe informarse que la no solicitud y obtención de la autorización (…) en aquellos casos en los que sea necesario, será constitutiva de conducta sancionable por parte de la Administración", reza la nota informativa distribuida por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria.

"El procedimiento ya existía, pero había cierta incertidumbre sobre si los operadores debían acogerse voluntariamente o estaban obligados. La novedad es que Hacienda aclara ahora que el proceso es obligatorio y advierte de que impondrá sanciones a quien no se acoja", explica Jorge Gómez Alguacil, experto en impuestos indirectos y asociado del área fiscal de Baker McKenzie, desde donde explican que este es "un tema muy candente a nivel internacional, que también se viene debatiendo en el resto de la UE". Es más, revela que el criterio está siendo diferente en países del entorno, lo que eleva la confusión entre los operadores internacionales a la hora de cruzar las distintas aduanas del territorio comunitario.

Bajo su punto de vista, la advertencia de Hacienda de que aplicará medidas coercitivas es "un aviso a navegantes" que busca generalizar la práctica de la petición de autorización bajo el riesgo de sanciones que pueden oscilar entre el 50% y el 100% del importe no ingresado.