El Ministerio de Hacienda ultima estos días la Orden que regulará a partir del 1 de enero de 2022 las declaraciones informativas al arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos; a las cotizaciones de afiliados y mutualistas a efectos de la deducción por maternidad; y a los donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas. También hay cambios en la declaración anual de retenciones e ingresos a cuentas del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente. Otras modificaciones técnicas se refieren a las declaraciones anuales sobre valores de seguros y Rentas y de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
Estas modificaciones tienen por objeto de introducir una precisión técnica relativa a la preceptiva identificación de la declaración complementaria que se hubiera presentado, en su caso, por el contribuyente. De esta manera, se trata de evitar errores de cumplimentación de los mencionados modelos informativos. En el caso de los arrendamientos se incluyen diversas modificaciones técnicas en el modelo 198, siendo las más numerosas las referidas a las operaciones relacionadas.
Con ello, se trata de evitar que queden operaciones sin relacionar porque una de ellas se realice en un ejercicio y la otra en un ejercicio posterior. Así, y tal y como debía informarse hasta el momento, si la operación a relacionar se encuentra pendiente de realización, el campo se cumplimenta con la clave 0001. Ahora bien, en el ejercicio en el que se realice dicha operación relacionada, se debe informar del ejercicio en el que se realizó efectivamente dicha operación (además de informar del número de orden de dicha operación previamente realizada).