La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) cargó ayer, y no es la primera vez, contra los impuestos temporales a grandes energéticas y entidades bancarias que ha diseñado el Gobierno y que serán aprobados esta semana en el Congreso. Por un lado, Fedea considera desacertado el diseño que ha hecho el Ejecutivo de la base imponible que determinará el gravamen. Por otro, pide extender el impuesto al conjunto de los sectores siempre que la carga impositiva realmente recaiga sobre los llamados beneficios extraordinarios.
El problema, según detallan los profesores Julio López Laborda y Vicente Salas, de la Universidad de Zaragoza, es que mientras que el objetivo teórico de estos impuestos es hacer tributar los beneficios caídos del cielo -consecuencia de la crisis inflacionista-, la base imponible final no son los beneficios extraordinarios, sino las ventas (en el gravamen energético) o los márgenes ordinarios (en el financiero). Esto lleva a que estos gravámenes distorsionen la asignación eficiente de los recursos, "alterando las relaciones de intercambio de las empresas con los clientes y dando lugar a pérdidas de bienestar".
Por todo ello, los analistas de Fedea proponen que la base imponible coincida con los beneficios extraordinarios de las empresas, incluyendo una deducción por el coste de oportunidad de los fondos propios. Este cambio, añaden, aseguraría que los gravámenes no fuesen distorsionantes y que no se trasladasen a los clientes, siendo soportados por los accionistas de las empresas afectadas. Tampoco sería necesario, añaden, establecer en la normativa una prohibición de repercusión que puede resultar difícil de implementar.
La Unión Europea, en lo relativo al impuesto energético, propuso en efecto un tipo del 33% sobre los beneficios extraordinarios, entendidos como aquellos que superen en un 20% la media anual registrada por cada empresa entre 2019 y 2021.
Si el impuesto funcionase bajo este formato podría ampliarse al conjunto de los sectores, "puesto que los beneficios extraordinarios pueden darse en cualquier empresa y sector de actividad", defiende Fedea. Según un estudio propio publicado a finales de verano, Fedea defendió que telecos, industria y comercio ganaban más con la inflación que los sectores energético y bancario.
Así, este diseño alternativo de la base imponible garantizaría la tributación de cada empresa en proporción a los beneficios extraordinarios obtenidos por la misma en cada período impositivo. Con ello, se eliminaría, además, el riesgo de que este gravamen pudiera ser declarado inconstitucional por discriminatorio. De hacerse así, el beneficio extraordinario podría ser el punto de partida para una reforma estructural del impuesto sobre sociedades.