La sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha admitido un recurso de casación interpuesto por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que abre la puerta a revisar su doctrina sobre si los expedientes abiertos por el supervisor bursátil deben de ser accesibles para todo aquel que los solicite o en cambio debe de primar la confidencialidad de los mismos. El objetivo de esta resolución es “aclarar, matizar, concretar o, en su caso, corregir, la jurisprudencia” de las distintas sentencias sobre esta cuestión que ha dictado la Justicia en los últimos años.
El recurso de casación interpuesto para que el Supremo aclare su criterio tiene su origen en el expediente sancionador abierto por la CNMV a Josep Borrell por infracción muy grave. En noviembre de 2018 este organismo impuso una multa de 30.000 euros al exministro socialista y actual Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores por usar información privilegiada en 2015 en la venta de acciones de Abengoa, compañía de la que era consejero.
Un medio de comunicación exigió acceder al expediente completo de Borrell, pero la CNMV se negó amparándose en las restricciones de confidencialidad contempladas en la Ley del Mercado de Valores (LMV) así como en la regulación europea. Ante esta negativa, el diario solicitó un informe al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que le dio la razón. Esta decisión, basada en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno derivó en un Contencioso-Administrativo ante los Juzgados Centrales de Madrid, que también fallaron en favor de la petición de acceder a la información.
Sin embargo, en otras ocasiones en las que particulares o empresas solicitaron la entrega de los expedientes, la Justicia ha dado la razón a la CNMV. Por eso, el organismo que preside Rodrigo Buenaventura ha pedido al Supremo, mediante el recurso de casación, que se unifiquen criterios sobre este aspecto. El argumento que da el supervisor bursátil es que sus actos, según recoge la LMV, deben estar sujetos a confidencialidad para, entre otras cosas, poder colaborar con sus homólogos europeos a la hora de compartir información sobre posibles infracciones en los mercados.
En 2018, entonces bajo la presidencia de Sebastián Albella, decidió empezar a hacer uso de una prerrogativa que le concede la LMV y que consiste en anunciar la apertura de expedientes en aquellos casos de gran relevancia o impacto social. Antes había que esperar a la publicación de la sanción en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para conocer incluso que se había iniciado una investigación. En el caso de Borrell, el medio de comunicación pedía el acceso a todo el expediente, no solo a las conclusiones finales. El organismo rector de los mercados quiere que el Supremo aclare no solo si sus expedientes deben ser públicos o no, sino también, en el caso de primar la trasparencia, si deben darse todos los datos ya que hay informaciones sensibles que podrían vulnerar la Ley de Protección de Datos.
La cruzada de la CNMV en esta materia también ha llegado a Europa. En diciembre pasado solicitó al Tribunal Supremo que plantee una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con el criterio sentado en materia de acceso a sus expedientes de supervisión e inspección por la vía de la Ley de transparencia. Esta reacción se produce después de que el Supremo desestimara un recurso interpuesto por la CNMV ante la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno por el que se le requirió que entregase a un ciudadano la información que había solicitado relativa al texto completo de dos sanciones del organismo a Popular Banca Privada y Banco Popular Español.