En concreto, la normativa que sirvió para desbloquear la tensa negociación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) incluye una rebaja de una bonificación en el impuesto de sociedades destinada a este tipo de compañías, que pasará del actual 85% al 40%, según avanzaron el fin de semana fuentes de la formación morada. El cambio fiscal afecta a las conocidas como entidades arrendadoras de viviendas, que desde 2014 disfrutan de una bonificación especial del 85% en la cuota del impuesto de sociedades, frente al 60% que, por ejemplo, pueden deducirse los pequeños propietarios de vivienda que tengan sus inmuebles arrendados.
Esta ventaja, en concreto, afecta a empresas que tengan arrendadas más de ocho viviendas y que permanezcan alquiladas durante más de tres años, según los regímenes tributarios especiales recogidos por la Agencia Tributaria. Además, al menos el 55% de sus rentas o del valor de sus activos tienen que provenir del alquiler residencial, como explicó este diario. La base de bonificación es la parte de la cuota íntegra que corresponda a las rentas.
Este régimen especial se modificó en 2014, con Cristóbal Montoro (PP) como ministro de Hacienda con el objetivo de incentivar que los grandes propietarios pusieran casas en alquiler y, así, hacer crecer un parque residencial nimio como el español. Estas empresas son específicamente propietarios de viviendas, a diferencia de las socimis, en las que sus activos en arrendamiento pueden ser también oficinas, hoteles, naves o superficies comerciales, entre otras. De hecho, las grandes socimis como Merlin y Colonial no tienen casas entre sus activos.
La ley de vivienda, cuya conversación principal se cerró el pasado martes, ha conseguido desbloquear la negociación de las cuentas públicas, cuyo proyecto final se presentará esta semana. La futura norma, entre otros puntos, regulará el precio de los alquileres en España poniendo topes en algunos casos e incentivando su abaratamiento en otros. La ley también recoge penalizaciones a la vivienda vacía y define por primera vez a nivel estatal al gran tenedor de vivienda y el concepto de área de mercado tensionado.
El gran casero, según la norma, será el dueño de más de 10 viviendas, cifra con la que ha venido trabajando el Ejecutivo en todas las medidas de urgencia desplegadas a raíz de la crisis sanitaria y económica del Covid-19. Un área de mercado tensionado, por su parte, es un área, distrito, barrio o ciudad en la que los precios medios del alquiler han crecido en los últimos cinco años más de cinco puntos por encima de lo que lo ha hecho el IPC. Además, el importe medio de la renta debe representar más del 30% de la media de ingresos por hogar.