El Gobierno aprueba un nuevo procedimiento de liquidación de la tasa Tobin

El Gobierno aprueba un nuevo procedimiento de liquidación de la tasa Tobin

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrollará un procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, conocido como ‘tasa Tobin’. En concreto, se establecerá un nuevo procedimiento por el cual el depositario de valores (Iberclear) presentará en nombre y por cuenta del sujeto pasivo, que es el intermediario financiero que transmite o ejecuta la orden de adquisición, una autoliquidación por cada sujeto afectado en la operación e ingresará el importe de la deuda tributaria correspondiente.

El nuevo procedimiento se explica por el hecho de que un “porcentaje significativo” de los sujetos pasivos no residen en España y apenas tienen vínculos con la Administración tributaria española. De este modo, el Gobierno entiende que “la creación de un cauce para el pago del impuesto similar al ya utilizado para la adquisición de acciones, a través de los agentes que participan en su liquidación y registro, facilitará el pago del impuesto y su gestión”.

Así, se distinguen los distintos supuestos en los que resulta aplicable tal procedimiento y se detalla la canalización de la información y del importe de la deuda tributaria desde el intermediario financiero (sujeto pasivo) hasta el depositario central de valores, para que este a su vez presente ante la Administración tributaria las correspondientes autoliquidaciones. Asimismo, se regula la presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto por el propio sujeto pasivo cuando no proceda realizarse por un depositario de valores.

La autoliquidación, tanto si se presenta a través del depositario central de valores como directamente por el propio sujeto pasivo, tendrá periodicidad mensual, se presentará entre los días 10 y 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación, y proporcionará toda la información necesaria para la adecuada gestión y control del impuesto, lo que hace innecesaria la presentación de una declaración anual. El modelo de autoliquidación se aprobará mediante la orden ministerial correspondiente. Finalmente, se establece que la presentación e ingreso de las autoliquidaciones correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2021 se efectuará en el plazo previsto para la autoliquidación correspondiente a mayo de 2021 (del 10 al 20 de junio). El Ejecutivo considera que los participantes en el proceso de presentación e ingreso de autoliquidaciones habrán dispuesto de un tiempo “razonable” para la adaptación de sus sistemas.

El Impuesto sobre las Transacciones Financieras, en vigor desde el 16 de enero de 2021, grava la adquisición de acciones de sociedades españolas, con independencia de la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación, siempre que tales sociedades tengan acciones admitidas a negociación en un mercado regulado y un valor de capitalización bursátil superior a 1.000 millones de euros.