REF. FISCAL.: 2023/01
FECHA: 13-01-2023
ASUNTO: RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES Y COMUNICADOS A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA ÚNICA (DEHÚ) DE LA AGENCIA TRIBUTARIA.
Estimado cliente,
Hemos venido informándole durante estos últimos años del derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Primero mediante el Real Decreto 1363, de 29 de octubre de 2011, en que se regularon las notificaciones y comunicaciones administrativas por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), por medio de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
También mediante las Órdenes Ministeriales de Empleo y Seguridad Social 484-485-486/2013, de 26 de marzo, donde se establecieron las obligaciones y condiciones de acceso electrónico de las notificaciones enviadas por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Finalmente, por la propia Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en sus artículos 14 y 41.
Con el objetivo prioritario de facilitarles el correcto cumplimiento de sus obligaciones legales, prestándoles el apoyo tecnológico necesario, tenemos a disposición de nuestros clientes de cuota de asesoramiento obligados, fundamentalmente las personas jurídicas, un servicio gratuito de recepción de notificaciones y comunicados a través de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) para todas las notificaciones electrónicas y comunicados de la Agencia Tributaria, recibiendo y gestionando sus notificaciones electrónicas con la seguridad jurídica que esto conlleva, para evitar situaciones de indefensión por problemas en las notificaciones.
Pero las relaciones por medios electrónicos con las Administraciones Públicas continúan desarrollándose de un modo cada vez mayor, con el objetivo de utilizar tales medios como forma generalizada de relacionarse para todo el conjunto de las Administraciones Públicas y para todo tipo de personas físicas o jurídicas. Ejemplo de ello, es la regulación, a través del Real Decreto 203/2021 de 30 de marzo, estableciendo que, desde el pasado mes de septiembre, todas las notificaciones y comunicaciones cuyo emisor sea una administración estatal estarán disponibles en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Pero como indicamos, la tendencia es que cada vez más administraciones, como las autonómicas o las locales, se vayan adhiriendo a esta plataforma de notificaciones electrónicas, por lo que se hace imprescindible insistir en que nuestro servicio de recepción de notificaciones y comunicados solo se corresponde con las efectuadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), siendo necesario, como personas jurídicas obligadas, que reciban y gestionen cualquier notificación o comunicado de otras Administraciones Públicas no incluidas en nuestro servicio. Esto es independiente de las notificaciones que también recibimos a través del Sistema RED de la Seguridad Social para nuestros clientes de cuota de asesoramiento laboral.
Sobra indicar que nos encontramos a su entera disposición para tratar cualquier asunto que provenga de notificaciones recibidas de cualquier otra Administración Pública.
Madrid a 13 de enero de 2023.
Velasco Abogados y Asesores, S.L.