REF.LAB.: 2021/18
FECHA: 30-12-2021
ASUNTO: PRESUPUESTOS GENERALES Y NOVEDADES DE SEGURIDAD SOCIAL PARA EL AÑO 2022.
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El día 29-12-2021 se publicó en el BOE la Ley 22/2021 de 28 de diciembre por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para 2022. En dicha norma se regulan algunas novedades de Seguridad Social de las que les indicamos a continuación las más importantes:
I.- Pensiones de la Seguridad Social.
- Se actualizan las pensiones del año 2022 con el promedio de los IPC de los 12 meses previos a diciembre de 2021.
- La pensión máxima para el año 2022 será la que resulte de incrementar la pensión máxima de 2021 (37.904,86 €/año) en el promedio de los IPC de los 12 meses previos a diciembre de 2021.
II.- Cotización a la Seguridad Social.
- La base máxima de cotización para el año 2022 será la de 4.139,40 €/mes. En cuanto a la base mínima se actualizará cuando se aprueben el nuevo salario mínimo para 2022, por lo que de momento se mantiene en 1.125,80 (según la Orden PCM/1353/2021 de 2 de diciembre).
- Los tipos o porcentajes de cotización se mantienen y no sufren variación, tanto en el Régimen General como en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia/Autónomos.
- En los casos de Jubilación Activa (compatibilización del trabajo con la percepción de la pensión de jubilación), el porcentaje de cotización de solidaridad se mantiene en el 9%.
III.- Reducciones, modificaciones o beneficios de Seguridad Social.
- Se establece que solo se podrá tener derecho a reducciones, bonificaciones o cualquier otro beneficio de cotización a la Seguridad Social si en la fecha de su concesión el beneficiario se encuentra al corriente con la Seguridad Social.
IV.- Interés legal del dinero e interés de demora.
- El interés legal del dinero queda en el 3%.
- El interés de demora queda en el 3,75%.
V.- I.P.R.E.M.
- Queda establecido para 2022 en 19,30€/día, 579,02€/mes, 6.948,24€/año sin pagas extras y 8.106,28€/año con pagas extras.
VI.- Medidas que quedan suspendidas o aplazadas durante el año 2022.
- Se suspende la reducción de cotización por contingencias profesionales para las empresas con disminución de siniestralidad.
- Se aplaza la regulación de la posibilidad de cotización a tiempo parcial para los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
VII.- Aportaciones a planes de pensiones.
- Se limitan las aportaciones a planes de pensiones a 1.500,00€/anuales, pudiendo elevarse este límite hasta 8.500,00€/anuales si se trata de aportaciones empresariales o aportaciones del trabajador por importe igual o inferior a la contribución empresarial.
Atentamente.
Fdo: D. Fernando Velasco Muñoz.