La Comisión Europea ha presentado este miércoles una propuesta de directiva europea que sentará las bases para imponer un tipo mínimo del 15% a las grandes empresas en el bloque, por lo que la Unión Europea podría convertirse en la primera entidad en traducir en legislación el acuerdo alcanzado hace apenas dos meses en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
Esta propuesta legislativa refleja el acuerdo del pasado 8 de octubre, al que se sumaron 137 países, y que tiene dos pilares. El primero afecta a la reasignación parcial de los derechos de imposición sobre los beneficios residuales. Es decir, trata de asegurar que las empresas pagan lo justo en los países en los que operan, con un ojo puesto en particular en los grandes digitales. El segundo pilar, que la Comisión traduce en legislación a través de esta directiva, introduce un impuesto de sociedades mínimo común para las grandes empresas a nivel mundial.
Hace unos meses, impulsados por la llegada de Joe Biden a la presidencia de Estados Unidos, un total de 137 países acordaron fijar un tipo mínimo del 15% para las grandes empresas y así evitar la carrera impositiva a la baja que se veía observando a lo largo de los últimos años. A grandes rasgos, la OCDE pactó dos acuerdos. De un lado, el conocido pilar 1, que exige que las empresas paguen impuestos allá donde operan. Del otro, el pilar 2, que introduce una nueva tasa mínima del 15% para las multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros.
Este miércoles, y como muestra de alineamiento inmediato con la OCDE y con los objetivos fiscales, tal y como ha detallado el vicepresidente ejecutivo de la Comisión, Valdis Dombrovskis, Bruselas ha presentado una propuesta de directiva que lleva el llamado pilar 2 a las normas europeas. El objetivo es arrojar algo de luz acerca de cómo se calculará la tasa impositiva efectiva por país, “con reglas claras y legalmente vinculantes que garantizarán que las multinacionales paguen una tasa mínima del 15% por cada jurisdicción en la que operan”.
Las normas, como pactó la OCDE, se aplicarán a cualquier gran empresa con ingresos de más de 750 millones anuales, tanto nacional como internacional. Recaerán sobre las empresas matrices o sobre las filiales que estén asentadas en un Estado miembro. Según detalla el Ejecutivo comunitario en un comunicado, las reglas propuestas siguen el modelo presentado por el organismo internacional. Así, si el tipo mínimo efectivo no lo impone el país en el que tiene su sede una empresa, el Estado miembro de la empresa matriz podrá aplicar un impuesto complementario hasta llegar a ese 15%. “La propuesta también garantiza una fiscalidad eficaz en situaciones en las que la empresa matriz se encuentra fuera de la UE en un país con impuestos reducidos que no aplica normas equivalentes”, añade el comunicado.
En efecto, según las normas publicadas esta semana por la OCDE, la tasa impositiva efectiva se establece en función de cada jurisdicción, dividiendo los impuestos pagados por las empresas en cada mercado entre sus ingresos. Si la tasa impositiva efectiva para las multinacionales está por debajo del 15% entrarían a operar las reglas del pilar 2, que exigirían que la compañía pagase la diferencia hasta llegar al mínimo fijado. El comisario de Economía, Paolo Gentiloni, ha explicado que el plan no supone una armonización fiscal comunitaria, pero sí un freno a la competencia fiscal entre países.
Según las normas de la OCDE que también se aplicarán en la Unión Europea, quedarían exentas de este impuesto mínimo las entidades gubernamentales, las organizaciones sin ánimo de lucro, los fondos de pensiones o los fondos de inversión, incluyendo los dedicados al sector inmobiliario.
Además, tal y como detalla Bruselas, la propuesta también prevé ciertas excepciones. Para reducir el impacto sobre los grupos que realicen “actividades económicas reales”, las empresas podrán excluir una cantidad de ingresos equivalente al 5% del valor de los activos materiales y al 5% de los gastos en nóminas. Las reglas también prevén una exclusión de cantidades mínimas de ganancias para reducir la carga en situaciones de riesgo. Esto significa, resume la Comisión, que cuando los beneficios e ingresos medios de un grupo multinacional en una jurisdicción están por debajo de ciertos umbrales mínimos, esos ingresos no se tienen en cuenta en el cálculo de la tasa.
A partir de ahora, explica la Comisión, los Estados miembros deberán llegar a un acuerdo unánime en el Consejo, donde están reunidos los 27 socios. También será necesario consultar al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo para conocer sus opiniones, añade Bruselas.