El pasado 16 de mayo, España remitió a Bruselas, para su visto bueno, el Real Decreto Ley 10/2022 que, entre otras cuestiones, establecía el conocido tope al precio del gas natural para producir electricidad, que se traduciría en una bajada del precio del mercado mayorista (pool) y, de paso el de la tarifa regulada (PVPC) ligada a él y a la que están acogidas casi 10 millones de consumidores domésticos y pymes.
El mecanismo, negociado al alimón entre España y Portugal con la Comisión Europea a finales de marzo, con el argumento de que la Península Ibérica sufre las consecuencias de ser una isla energético, fue incluido por el Gobierno luso en una ley que se aprobó al mismo tiempo que el RDL español. Y, aunque lo remitió a Bruselas el 18 de mayo para su aprobación como una ayuda de Estado, según fuentes políticas, el proceso parecía encallado sin que las partes hubiesen dado explicación alguna: las autoridades españolas se han limitado a anunciar que ya estaba a punto y las comunitarias, que ha habido retrasos en la remisión de la documentación.
Ni España ni la Unión Europea han querido acusar a Portugal del retraso, pero, según las mismas fuentes, esa es la explicación. Estas añaden que la Comisión ya lo tiene todo listo para su aprobación mañana o pasado, aunque el expediente sobre la llamada excepción ibérica sigue sin figurar en la lista pública de ayudas de Estado (remitidas, en trámite o aprobadas) de Competencia. Desde el ministerio insisten en que el mecanismo ibérico ha sido notificado formalmente a la Comisión "por el cauce habitual", el sistema SANI (State Aid Notification Interactive) de ayudas de Estado.
Cuando ambos países aprobaron su decreto ley, sorprendió que el español tuviera 60 páginas y el portugués, apenas 6, lo cual fue incluso motivo de mofa contra España. Pero mientras la norma española incluía todo el desarrollo normativo de la medida, al exiguo texto legal portugués le faltaba dicho desarrollo, que Bruselas le exigió posteriormente. El Gobierno de Antonio Costa se lo encomendó a Entidad Reguladora dos Serviços Energéticos (ERSE), el homólogo de la CNMC, que es la competente en estas materias.
Este organismo no ha mostrado mucho entusiasmo con un mecanismo que evitará que el gas marque el precio marginal de otras energías, como la hidráulica o la nuclear, por encima del tope establecido (50 euros/MWh de media durante un año) pero cuyo coste real de los ciclos combinados lo pagarán los clientes con el precio indexado al pool. Más concretamente, las comercializadoras con contratos de obertura indexados al mercado mayorista, que luego trasladan al cliente. ERSE acaba de publicar una nota técnica en la que informa a los operadores afectados del funcionamiento del "mecanismo de ajuste" y cuestiones como los contratos que se renuevan, que deben compensar el coste del gas.
ERSE recuerda que ese mecanismo de ajuste tiene "reflejo en la formación del precio del mercado común de electricidad del Mibel". En declaraciones públicas, el ministro portugués de Medio Ambiente y Acción Climática, Duarte Cordeiro, ha prometido que "el desarrollo del mecanismo ibérico será simétrico en España y Portugal", pese a que el Real Decreto-Ley aprobado en España es mucho más extenso que la regulación aprobada por el Gobierno portugués.
Una de las asimetrías más llamativas era que en España, tanto las prórrogas como las renovaciones de contratos, pasaban a compensar el coste de las centrales de ciclo combinado, mientras que en la norma portuguesa solo se consideraba como tal la renovación, en tanto la prórroga de contratos en que se mantenía el mismo precio, quedaban exentos de dicha compensación. Las autoridades portuguesas han declarado que se aplicará en ambos países la norma española.