CIRCULAR: DOCUMENTACIÓN A SOLICITAR A EMPRESAS CONTRATISTAS O SUBCONTRATISTAS

CIRCULAR: DOCUMENTACIÓN A SOLICITAR A EMPRESAS CONTRATISTAS O SUBCONTRATISTAS

REF.LAB.: 2024/10

FECHA:     08-07-2024

ASUNTO:   DOCUMENTACIÓN A SOLICITAR A EMPRESAS CONTRATISTAS O SUBCONTRATISTAS.

Estimado cliente:

Reiteramos aquí información de anteriores circulares, pero que debe tenerse siempre presente por su importancia. Suele ser habitual que, en el desarrollo de la actividad de las compañías, se contraten y subcontraten a otras empresas (sociedades o autónomos) que van a prestar sus servicios en el propio centro de trabajo de la compañía que la contrata o en un centro u obra donde se está desarrollando dicha actividad.

En estos casos, es importante saber que la normativa laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales establece una serie de obligaciones, que en la práctica suponen la exigencia y entrega de una serie de documentos, fundamentalmente para comprobar que se da cumplimiento a dichas obligaciones.

Les recordamos que en estos casos tenemos la obligación de anotar a la empresa a la que contratamos en el LIBRO REGISTRO DE EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS que, a estos efectos, debemos tener en nuestros centros de trabajo en cumplimiento de lo regulado en el artículo 42.4 del Estatuto de los Trabajadores. En dicho Libro debe reflejarse la siguiente información de dichas empresas:

  1. Datos de la empresa contratada (denominación, domicilio y C.I.F.)
  2. Objeto y duración de la contrata (por ejemplo, por servicios de limpieza, o de mantenimiento, o de vigilancia, o cualquier otro que se contrate).
  3. Lugar de ejecución del servicio.
  4. Número de trabajadores ocupados por la contrata en este servicio.
  5. Medidas de coordinación en materia de prevención de riesgos laborales (ver nuestra circular 2004/06).

Por excepción, no será necesario este libro en las obras de construcción en la que la principal deba legalizar ante la Autoridad Laboral el Libro de Subcontratación, ya que este libro sustituye a aquel (RD 1109/2007 sobre subcontratación en la construcción).

Además, debemos comprobar que dichas empresas contratistas o subcontratistas tienen y nos aportan la DOCUMENTACIÓN pertinente. Como guía sencilla de ayuda, ajuntamos a esta circular tres relaciones de la documentación que se deberían solicitar en los siguientes casos:

  • Cuando contratamos a una empresa para trabajos de nuestra propia actividad.
  • Cuando contratamos a empresas de limpieza.
  • Cuando contratamos a un autónomo-transportista.

Esperamos les sean de utilidad y quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración que se precise.

Atentamente,

Fdo: D. Fernando Velasco