La norma, que incorpora cambios consensuados con los actores del sector y el resto de partidos, salió adelante con 177 votos a favor, 75 abstenciones y los votos en contra del PP. Ahora será remitida al Senado para continuar su tramitación y se prevé que entre en vigor el 1 de enero de 2023.
En un encuentro con periodistas, la secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, Carme Artigas, aseguró que "el business case que se plantea el Gobierno es que en tres años tras la entrada en vigor de la nueva ley podamos conseguir un incremento mínimo del 20% sobre la inversión actual" en el sector del emprendimiento.
El respaldo de la Cámara llega 11 meses después de que el Gobierno aprobara el proyecto de ley, y se incorporaran más de 80 enmiendas. La ley incluye importantes medidas fiscales, elimina trabas burocráticas y flexibiliza trámites para fomentar la creación y la inversión en empresas emergentes de base tecnológica. También incorpora medidas clave para atraer y recuperar el talento internacional y nacional, favoreciendo el establecimiento en España de teletrabajadores y nómadas digitales.
Así, además de reducir el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva, la norma facilita el uso de las stock options como forma de retribución, pues eleva su exención fiscal de 12.000 a 50.000 euros anuales y se retrasa su tributación al momento en que se hagan líquidas, ya sea por la venta de las acciones o por una salida a bolsa. Igualmente, se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.
La Ley también eleva la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación de 60.000 a 100.000 euros anuales. Un incentivo fiscal al que se podrán acoger inversores y emprendedores. Además, el tipo de deducción pasa del 30% al 50%, y se fija en cinco años el periodo en el que se considera una startup de reciente creación (a siete en ciertos sectores).
En cuanto a la tributación del carried interest (comisión a éxito de las gestoras de capital riesgo) la exención será de hasta el 50%, aunque se mantiene su tributación como rendimientos del trabajo y no como rentas de capital mobiliario en el IRPF, como había pedido el sector. También se elimina la doble cotización a la Seguridad Social para los emprendedores que mantengan de forma simultánea un empleo por cuenta ajena durante los tres primeros años.
Con los últimos cambios introducidos, se eleva la facturación de 5 a 10 millones en la definición de startups, los emprendedores podrán beneficiarse hasta en cuatro ocasiones consecutivas de los beneficios de la ley, y se incluye el silencio administrativo positivo por parte de Enisa para calificar si una empresa se puede beneficiar de la ley. Además, esta entidad podrá cerrar convenios con otras entidades autonómicas (tanto privadas como públicas) para ser más eficientes en la identificación y clasificación de las startups.
Para atraer y retener talento, los cambios introducidos han servido para crear una nueva categoría de visado para nómadas digitales, llamado visado para teletrabajadores de carácter internacional, para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional. La duración del visado será de un año. Además, se extiende el régimen fiscal especial por el que se pasa a tributar por IRNR (impuesto sobre la renta de no residentes) y no por IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) a, entre otros, nómadas digitales. La ley da facilidades para obtener el visado y la residencia a trabajadores altamente cualificados de startups así como a trabajadores españoles no residentes durante al menos cinco años.
En el texto también se amplía un año más, hasta dos, el permiso previsto para que estudiantes extranjeros de educación superior puedan encontrar empleo o iniciar un proyecto profesional en España una vez concluyan sus estudios. Igualmente se fomenta la creación y potenciación de ecosistemas emprendedores en el mundo rural, y se favorece la creación de sandboxes para que España sea un lugar de pruebas y de innovación.
La norma reconoce la capacidad de la Agencia Tributaria para comprobar si se cumplen y mantienen vigentes los requisitos necesarios para beneficiarse de los incentivos fiscales y eleva el umbral de la penalización prevista para revertir estos beneficios cuando haya una condena a uno de los socios, que solo se aplicaría si el condenado cuenta con al menos un 5% del capital.