Rebaja de las sanciones a la banca por abusos a los clientes y limita las multas

Rebaja de las sanciones a la banca por abusos a los clientes y limita las multas

La nueva Autoridad independiente de defensa del cliente financiero, puesta en marcha por el Ministerio de Asuntos Económicos como proyecto estrella para preservar los derechos del usuario de banca, incorpora novedades importantes en su redacción final. El anteproyecto de ley que regula su creación rebaja de forma muy notable las sanciones a los bancos si se compara con los primeros borradores. La infracción grave, que en principio implicaba una multa de hasta el 5% del importe anual de la cifra de negocios de la entidad, ahora solo contempla una penalización máxima del 2%. A la vez, se fija un tope que antes no existía y que, si el texto sale adelante en los actuales términos, se situará en los 2 millones.

Fuentes de Asuntos Económicos explican que se han rebajado los guarismos por una cuestión de proporcionalidad en relación con el resto de la normativa que se aplica al sector financiero. En efecto, la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, que delimita la actividad bancaria, ya recoge sanciones de hasta el 5% de la facturación neta anual en el caso de infracciones graves. Además, se fija un umbral de 5 millones de euros en el caso de que la aplicación de ese porcentaje arroje una cifra inferior.

El ajuste en el caso de la nueva Autoridad también alcanza a los incumplimientos leves. Aunque se mantiene el castigo del 1% de los ingresos de la entidad financiera, se pone tope a la sanción en 500.000 euros. El primer articulado dejaba las manos libres al nuevo organismo. El número de afectados, la reiteración de la conducta o los efectos sobre la confianza de la clientela y la estabilidad del sistema financiero serán los criterios utilizados para determinar la mayor o menor gravedad de la infracción. El documento introduce ahora la posibilidad de identificar e imponer sanciones a los ejecutivos que ejerzan cargos de administración o de dirección.

El anteproyecto que llegó al Consejo de Estado también consolida la ascendencia del Banco de España y la CNMV sobre la nueva Autoridad, que estará sometida a la hoja de ruta que le marquen los supervisores tradicionales. Entre las principales novedades incluidas en el nuevo texto destaca la elaboración por parte de esos organismos de "un único compendio de buenas prácticas de los sectores financieros, en el que reunirán, de manera sistemática, y con un lenguaje claro y comprensible, las prácticas de aconsejable observancia para las entidades que comercializan productos y servicios".

El documento, que tendrá que hacerse público, establecerá un criterio vinculante para las actuaciones objeto de reclamación y evitará zonas de sombra en la instrucción de los procesos. Banco de España y CNMV, que entre bambalinas han recelado de las atribuciones que pudiera tener la nueva Autoridad, verán reforzada su posición de tutela. Desde el Ministerio de Nadia Calviño se insiste, no obstante, en que ese memorándum no refuerza la posición de los supervisores, sino que les obliga a clasificar las mejores prácticas y otorgarles visibilidad. El temor de las asociaciones de consumidores es que la fijación del criterio de supervisión por parte de los organismos que lideran Pablo Hernández de Cos y Rodrigo Buenaventura termine por convertir la nueva instancia en una mera ventanilla de reclamaciones.

Las entidades financieras también ganan terreno en la definición del comité consultivo que asesorará a la Autoridad. Si en la primera versión se contemplaba la presencia en el mismo de dos miembros en representación del Consejo de Consumidores y Usuarios, dos por parte de las patronales del sector financiero y cinco por las comunidades autónomas, ahora las "asociaciones sectoriales representativas del ámbito financiero" suman un efectivo (hasta tres) en detrimento de las autonomías. La modificación desempata la paridad del sector bancario con los representantes de los consumidores. Fuentes del Ministerio aclaran que la modificación permitirá que áreas afectadas, como la de seguros, encuentren acomodo en el cónclave. El Comité debe emitir un informe para la aprobación de proyectos de normas legales y reglamentarias, así como en las iniciativas en materia de buenas prácticas que proponga para ser elevadas al compendio.