Tras el hachazo de Hacienda a esta herramienta, las comunidades autónomas más afectadas blindan su sistema de herencias en vida. Galicia lleva las trabas del Ministerio ante el Tribunal Constitucional y Baleares protege por ley sus herencias en vida. La fuerte presión fiscal que presentan las herencias en España ha disparado el uso por parte de las familias de los pactos sucesorios, las llamadas herencias en vida, para afrontar la sucesión con menos penalizaciones fiscales.
Es algo que llevan tiempo notando en los bufetes y en las notarías, y que se refleja ya en las estadísticas tributarias autonómicas. El claro ejemplo es el de Galicia. Los últimos datos de los servicios tributarios gallegos muestran que en 2021 se formalizaron 42.100 pactos sucesorios, un 39% más que en 2020. Consciente de que varios territorios españoles permiten estas herencias en vida, el Ministerio de Hacienda ha visto ahí un filón recaudatorio y firmó en la ley antifraude un hachazo para evitar el abuso de esta figura. Esta situación ha afectado a las regiones donde se pueden realizar los pactos sucesorios, como Baleares o Galicia, que ya se han rebelado contra la normativa.
En el caso de Galicia, la Junta ha llevado al Tribunal Constitucional los cambios impuestos por la ley de Hacienda. El gobierno gallego considera que atenta contra sus competencias fiscales y argumenta que es una figura "muy arraigada" en su comunidad. Por su parte, todos los partidos con representación en el parlamento balear han llegado a un acuerdo para blindar por ley su sistema de herencias en vida tras los ataques de Hacienda.
El golpe de Hacienda contra los pactos sucesorios consiste en una modificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La ley antifraude aprobada por el Ministerio ha transformado el artículo 30 de la ley que regula el ISD, para que la norma de la acumulación también afecte a tales operaciones y se puedan aplicar mayores tipos a las transmisiones sucesivas si no transcurren más de tres años -o de cuatro años hasta el fallecimiento-. Hacienda ha cambiado también el artículo 36 de la ley del IRPF para que, cualquier persona que haya adquirido un bien con un pacto sucesorio, si lo transmite a partir del 11 de julio de 2021, antes de cinco años o antes del fallecimiento del donante, tenga que pagar el mismo IRPF que si hubiera vendido el donante, pues para calcular la ganancia deberán tomar su fecha y valor de adquisición.
Esta nueva regulación supone una importante subida fiscal a las herencias en vida. Sin embargo, los territorios en los que se aplican se resisten a abandonarlas, especialmente tras el espaldarazo judicial del Tribunal Supremo. Los magistrados blindaron los pactos sucesorios en una sentencia de 2016. El fallo rechazó la existencia de una ganancia patrimonial en el IRPF por utilizar esta herramienta fiscal.
"En los últimos años, ha habido una auténtica implosión en su uso y práctica jurídica en los territorios en que están permitidas", explica Miquel Àngel Mas Colom, miembro del Consejo Asesor de Derecho Civil de Baleares y socio de DMS Legal Intelligence. Precisamente, en Baleares se formalizaron solo 30 en 2014, 812 en 2015, 2.040 en 2016, 3.999 en 2019 y 4.198 en 2020. Por ello, la comunidad ha decidido blindar por ley de los pactos sucesorios. "Se han convertido en un auténtico fenómeno social. Sin embargo, la estructura jurídica es escasa y desfasada. Se hacía necesario dotar a los operadores jurídicos de una herramienta actual que respondiera a la actual configuración de estas figuras jurídicas", explica el jurista.