Los magistrados del Tribunal Supremo tienen sobre la mesa un informe de urgencia del Gabinete Técnico que cuestiona, incluso desde el punto de vista de su constitucionalidad, el cambio legal que les atribuye la última palabra sobre las restricciones que se apliquen tras el final del estado de alarma. Un decreto-ley para reformar la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa aprobado esta misma semana por el Gobierno con terminología “confusa, ambigua y equívoca” en algunos preceptos, que, según el informe, plantea problemas para el cumplimiento de los plazos por la celeridad que pretende y advierte del impacto que va a tener sobre el trabajo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.
Todo ello sin entrar en profundidad a analizar el “problema de la constitucionalidad” de situar a los tribunales de justicia “como una suerte de copartícipes ejecutivos” en el proceso de adopción de medidas administrativas o de que se haya elegido la vía del decreto ley para aprobar una norma que afecta a derechos fundamentales, dice el informe. Un planteamiento que encaja con el realizado esta misma semana por el presidente de esa Sala del Supremo, César Tolosa, en una entrevista con Efe, donde aseguró: “Los jueces no estamos para gobernar, esas decisiones corresponden a los poderes públicos”.
El informe del Gabinete Técnico apunta que esas cuestiones requieren un análisis profundo que no procede en su examen de urgencia, que se limita a cuestiones procesales, como la ampliación de las competencias del Supremo al permitir que se recurran en casación autos que -según había determinado el propio tribunal- no eran recurribles. Entre otras cuestiones, advierte de la necesidad de reforzar con urgencia los servicios del Gabinete ante la posibilidad real de que se multiplique la litigiosidad sobre esta materia y que los recursos se presenten en fechas coincidentes, máximo cuando el plazo máximo para responder es de cinco días.
La sala ha matizado en un comunicado que se trata de “un informe interno, provisional y no vinculante y que no anticipa la postura del Tribunal”, sino que es “un punto de partida” para el estudio por parte de los magistrados “del nuevo recurso de casación y de los problemas que su aplicación pudiera plantear”.