Recortar un año la duración máxima de los contratos por obra y servicio

Recortar un año la duración máxima de los contratos por obra y servicio

Gobierno y agentes sociales analizan recortar un año la duración máxima de los contratos por obra y servicio para que no puedan extenderse más de tres años (frente a los cuatro actuales), dentro de las medidas que tratan de acordar en el marco del diálogo social para reducir la temporalidad laboral.

El secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo, y los responsables de los sindicatos UGT y CCOO y las patronales CEOE y Cepyme se volverán a sentar esta semana a la mesa de calidad en el empleo para hablar de limitar la utilización y la duración de los contratos eventuales e incrementar su indemnización al término del mismo.

Según el borrador de la propuesta de Empleo, la duración del contrato temporal por obra y servicio se reduciría en un año, al pasar de los cuatro actuales (tres más uno de prórroga, si así lo establece el convenio colectivo) a tres años (dos más uno).

De esta forma se restringiría aún más la duración máxima permitida en estos contratos temporales, que fue fijada en los tres años prorrogables por uno más en la reforma laboral de 2010, ya que hasta ese momento no existía límite.

De acuerdo con el documento, continuaría siendo obligatorio convertir en indefinidos a aquellos trabajadores que durante 30 meses hubieran estado contratados 24 meses en total y, para evitar abusos, la negociación colectiva podrá prevenir la utilización abusiva de contratos temporales de distintos trabajadores para desempeñar un mismo puesto.

La utilización de la figura del contrato temporal deberá estar justificada mediante «una necesidad temporal concreta» y, ante la falta de forma escrita o si continúa fuera del plazo, dichos contratos pasarán a ser indefinidos.

Para ello, Empleo propone también eliminar el contrato de duración determinada a término y el del primer empleo joven y obligar a formalizar por escrito todos los contratos temporales, independientemente de su duración, ya que hasta ahora sólo era necesario en los superiores a cuatro semanas.

También quiere reforzar el papel de la negociación colectiva, que podrá establecer en los convenios colectivos las pautas sobre lo que se entiende por «necesidad temporal de mano de obra» en cada sector o empresa, así como la relación adecuada del uso de esta modalidad contractual respecto del total de la plantilla.