55.962 trabajadoras del hogar están dadas de alta actualmente en Cataluña y antes de que acabe el año tendrán derecho a cobrar una prestación por desempleo en caso de perder su trabajo. A ello se ha comprometido el Gobierno tras enviar al Congreso la ratificación del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que obliga a los Estados firmantes a equiparar las condiciones laborales de las empleadas del hogar al resto de trabajadores. Pues hasta ahora las trabajadoras del hogar están encuadradas en un régimen especial y no pueden cotizar, aunque quieran por derechos como el desempleo, entre otros.
Según los últimos datos disponibles de la Seguridad Social, en toda España hay oficialmente dadas de alta 376.015 personas como trabajadoras del hogar. De estas 9 de cada 10 son mujeres y 55.962 se ubican en Cataluña; 45.815 en Barcelona; 4.649 en Girona; 3.530 en Tarragona y 1.968 en Lleida. Por cada trabajadora del hogar hay 135 residentes en Cataluña. Y la comunidad autónoma que concentra más empleadas del hogar es Madrid, con 101.414 trabajadoras; con una media de 65 residentes por cada afiliada al régimen especial del hogar.
Para subsanar la histórica discriminación que este colectivo ha sufrido desde las instituciones, el Gobierno ha activado el mecanismo para integrar este régimen especial en el sistema de protección social ordinario. Lo ha hecho después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictara sentencia y censurara al Reino de España por incurrir en una discriminación indirecta por razón de género sobre este colectivo. Actualmente el proceso está en fase de trámite parlamentario y en mayo podría discutirse en el pleno del Congreso de los Diputados. El compromiso subscrito por el Consejo de Ministros es tenerlo todo aprobado antes del plazo de un año.
En las Cortes, el Ejecutivo y los partidos con representación parlamentaria deberán acordar los detalles del cómo se encuadran a las trabajadoras del hogar dentro del sistema de protección social, si ello implica un aumento de las obligaciones que deberá pagar el empleador y a qué tipo de prestaciones les da derecho las nuevas cotizaciones, entre muchos otros. De momento, los tribunales ya están aplicando la jurisprudencia europea y están reconociendo prestaciones y subsidios a este colectivo a cargo de las cuentas del SEPE y la Seguridad Social. Como el acceso al Fogasa en caso de que su empleador no pueda pagarles la indemnización o el cobro del subsidio para mayores de 52 años, entre otros.
El convenio 189 también determina la obligación para los empleadores de entregar un contrato por escrito previamente y antes de cruzar la frontera a aquellas trabajadoras que quieran contratar de otro un país. Asimismo, regula las condiciones de repatriación de las migrantes al finalizar su contrato y asegura la libertad de las trabajadoras para alcanzar acuerdos con el empleador sobre su residencia en el hogar de trabajo, los periodos de descanso y la conservación de sus documentos de viaje e identidad.